Don Jorge Arróspide Loyola 1880 – 1936

Fundador del Fondo de Empleados

Nacimiento de una IDEA y su Propuesta Gubernamental

Se propone el establecimiento de un Fondo de Empleados para el personal de la Caja y se solicita la aprobación del Supremo Gobierno.
Lima, 30 de diciembre de 1927
Nº 250
Señor Director General de Hacienda.
Desde que establecimos este Departamento, ha sido una de nuestras
principales preocupaciones seleccionar el personal de las oficinas de recaudación, con el objeto de constituir un cuerpo de empleados idóneos, capaces de responder debidamente a la confianza en ellos depositada, por lo mismo que es bastante delicado el encargo que les toca desempeñar.

No obstante los naturales tropiezos y las molestias que esta labor nos ha ocasionado, estamos en vías de concluirla satisfactoriamente; pero tratándose de un organismo tan antiguo, se dan con alguna frecuencia casos en que empleados de buena disposición se han envejecido en el servicio y por razones de edad no están en aptitud de continuar prestando una colaboración eficaz, siendo doloroso privarlos por este motivo de su colocación, ya que en la actualidad carecen de amparo y por las circunstancias que atraviesan ha de ser posible que encuentren otro destino.

Desde un principio gestionamos y obtuvimos del Supremo Gobierno la concesión de sueldos de indemnización para los empleados que dejamos excedentes de acuerdo con las necesidades del buen servicio; pero, a pesar de la equidad con que se fijó la escala respectiva, no llega, en muchos casos, a constituir la justa compensación que merece quien ha agotado las energías propias de los mejores años de su vida, en labor tan importante y trascendental para el País como es la recaudación de las rentas fiscales.

De otro lado, nuestras oficinas están servidas, como es natural, por un personal muy numeroso, razón que hace bastante frecuente los pedidos de licencia por enfermedad, los casos de fallecimiento, etc.; circunstancias todas en que los empleados requieren auxilio económico y que demandan gastos extraordinarios para los que nuestro presupuesto no da margen.

Es indiscutible que para tener un personal apto y honorable, se requiere contemplar debidamente sus necesidades; y dentro de este criterio, el Departamento al mismo tiempo que está seleccionando sus empleados, se preocupa de estimularlos ofreciéndoles beneficios, tanto para el presente como para el porvenir, que los muevan a prestar con toda decisión y confianza el contingente de su esfuerzo al servicio de los empleos que le están encomendados, lo que no solo responde a los principios de protección social que hoy rigen en el Mundo; sino resulta provechoso desde todo punto de vista para el organismo en que prestan sus servicios.

Los empleados de recaudación carecen en la actualidad de los goces y beneficios que las diversas leyes del País conceden a los empleados públicos y a los de comercio. Sus servicios, por lo mismo que están dedicados a función tan importante, merecen que no se les deje por más tiempo en tal condición; y es innegable que las concesiones, que para tal objeto pueda hacérseles producirán benéficos resultados en el incremento de las rentas cuya cobra y control les están confiadas.

Todas las anteriores consideraciones, nos han movido a estudiar I manera de estimular a nuestros empleados, constituyendo un Fondo que permita mejorar su actual situación. Siendo sus labores análogas a las de los empleados de Aduana, podría formar el primer renglón de dicho Fondo, una participación que se les concediera sobre el producto bruto anual de las rentas que recaudan. Los empleados de Aduanas disfrutan desde 1896 de un uno por ciento sobre el rendimiento de las mismas; y a los de la recaudación podría señalárseles igual porcentaje, con tanta mayor razón si se tiene en cuenta que su función, sin amenguar la de aquéllos, es más laboriosa, difícil y expuesta.

Incrementarían el Fondo en proyecto, la parte que actualmente corresponde al Fisco en producto líquido de los comisos y multas, como ya lo hace este Departamento con la parte que conforme a las leyes le corresponde en esos ramos, lo que estimularía el celo de los empleados para perseguir los contrabandos; y una participación del quince por ciento, (15%), de las utilidades líquidas del Departamento de Recaudación que la Caja ofrece con el mayor agrado; y, por último, un descuento del 5% de los haberes de los mismos empleados, que seguramente le aceptarán gustosos ante la perspectiva de los positivos beneficios que para el futuro habrá de representar el Fondo que en esta forma contribuyen a constituir. 

Un ligero cálculo sobre el monto de estas sumas con sus intereses, nos permite proyectar su inversión en los siguientes fines:

A) Cubrir las responsabilidades o pérdidas que ocurran en la Caja por infidencia de los trabajadores;
B) Atender a los gastos de curación de los empleados enfermos y al sepelio de los mismos en caso de fallecimiento;
C) Fomentar la creación de una cooperativa destinada a proveer a los empleados de todos los artículos indispensables para su vida diaria y estimular en sus diversas formas el ejercicio del sport por los beneficios que ello derivará en la salud física y moral de los empleados;
D) Cubrir las gratificaciones semestrales y los premios pecuniarios a que los empleados se hagan acreedores
E) Constituir un fondo de respaldo para la concesión de pensiones de cesantía y jubilación de los empleados; y
F) Si las sumas lo permiten, constituir una cuenta de «ahorros» para cada empleado
y un fondo para concesión de pensiones de montepío a los deudos de los que fallezcan. 

No necesitamos llamar la atención de su ilustrado criterio sobre la bondad de los fines enumerados someramente en el párrafo anterior, excepción hecha del consignado en el inciso; A) que reviste particular importancia. Sabedores los empleados de que sus goces están afectos en primer lugar a cubrir las pérdidas que por infidencias del personal puedan producirse extremarán su actividad y celo para vigilar como cosa propia el manejo y la buena marcha de las oficinas; y se controlarán mutuamente con especial interés, para evitar que un quebranto pueda mermar el Fondo que constituye su seguro del presente y del porvenir. De otro lado el Fisco se pondrá a cubierto, al menos en parte, de las responsabilidades que pueden ocurrir por fraudes, y los empleados contribuirán por propia conveniencia a la selección del personal, con el propósito de garantizar el más escrupuloso manejo de las rentas que les están encomendadas.

No dudamos que el Supremo Gobierno con el elevado criterio de protección a las clases trabajadoras que lo viene distinguiendo, y contemplando, al mismo tiempo, las ventajas que reporta nuestra iniciativa para las rentas nacionales, ha de acogerla favorablemente, dándole la sanción legal que a su juicio sea más conveniente; y para tal objeto, nos permitimos compendiar lo anteriormente expuesto, en los siguientes puntos fundamentales que serían materia de la resolución que por ahora se adoptara, ya que los detalles complementarios formarían parte de la reglamentación que esta misma Caja tendría el agrado de someter oportunamente a la decisión gubernativa:

1°—Crear un Fondo de Empleados de la Caja de Depósitos y consignaciones, constituido con los recursos siguientes:
A) Con el uno por ciento, (1%), del producto bruto de todas las rentas cuya i cobranza está encomendada a dicha Institución, sin excepción alguna;
B) Con el 50% que actualmente corresponde al Fisco en el producto líquido de los comisos y de las multas que se impongan;
C) Con el 15% de las utilidades líquidas de la Caja de depósitos y Consignaciones en el Departamento de Recaudación;
D) Con el descuento del 5 % del haber de los empleados de la Caja;
E) Con los intereses que las anteriores sumas produzcan, deduciendo únicamente los gastos que demande la ejecución de este proyecto.

2°—El referido Fondo se dedicará a los siguientes fines:
A) A cubrir las responsabilidades o pérdidas que .ocurran en la Caja por infidencia de los empleados;
B) A atender los gastos que demanden la curación de los emplead enfermos y el sepelio de los mismos en caso de fallecimiento;

C) A fomentar la creación de una Cooperativa que provea a todos los empleados de los artículos más indispensables para la vida diana: y a estimular el ejercicio del sport en sus diversas formas, entre el personal apto para esas actividades; 
D) A cubrir las gratificaciones semestrales y los premios pecuniarios a que los empleados se hagan acreedores; 
E) A constituir un fondo de respaldo para la concesión de pensiones de cesantía y jubilación a los empleados.
F) Si las sumas lo permiten, a constituir también un fondo de «ahorros» abriendo cuenta especial a cada empleado; y otro fondo de respaldo para la concesión de pensiones de montepío a los deudos de los empleados fallecidos.
3° Las sumas que constituyan el Fondo en cuestión, serán inembargables.
4° Sólo tendrán derecho al Fondo de «Pensiones» los empleados que hayan prestado más de diez años de servicios ininterrumpidos a la recaudación; pero los beneficios de ese fondo sólo empezarán a disfrutarse tres años después de constituido; exceptuándose los empleados que en la actualidad tengan más de 30 años de servicios prestados a la recaudación, los que podrán usufructuarlo de inmediato.
5º Perderán todos los derechos sobre el Fondo de que se trata, los empleados infidentes, situación que deberá comprobarse debidamente por el Directorio delaCaja.
6º Las sumas que constituyen el Fondo, se impondrán en la Caja de Depósitos y Consignaciones, (oficina matriz); la que estará exonerada del pago del 3 % anual establecido por la ley Nº 53, (art. 5°), sobre dichas sumas.
7º La Caja invertirá esas sumas en Bonos del Estado, en Cédulas Hipotecarias de los Bancos o en bonos del Departamento de Recaudación de dicha Caja; y también en la construcción de casas para los mismos empleados a quienes el fondo beneficia.
8º Los fondos de «ahorros» no podrán entregarse sino cuando el empleado cese en su destino; y en caso de fallecimiento a sus herederos.

9º La Caja propondrá oportunamente al Supremo Gobierno la reglamentación correspondiente.
Dios guarde a Ud.

Por la Caja de Depósitos y Consignaciones
Departamento de Recaudación
Jorge Arróspide Loyola Gerente